
Cuando el conductor del vehículo al que se pretende adelantar está indicando claramente su propósito de girar a la izquierda.
El adelantamiento se efectuará por la izquierda. Excepcionalmente podremos realizarlo por la derecha:
- Cuando el conductor del vehículo que se pretende adelantar esté indicando claramente su propósito de parar o girar a la izquierda, si existe espacio
suficiente para ello.
- En vías de doble sentido, a los tranvías que circulen por el centro de la calzada.
- En vías urbanas con más de un carril para el mismo sentido, delimitados por marcas longitudinales.