
Hasta un 10 por 100 de su longitud y, si la carga fuera indivisible hasta un 15 por 100.
En los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías, la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10% de la longitud del vehículo y, si la carga fuera indivisible, hasta un 15%.